El etiquetado, la carta de presentación de los productos de alimentación
El etiquetado de alimentos aporta una información básica a la hora de realizar la compra, informarse para saber interpretar su contenido es imprescindible a la hora de elegir lo más indicado para nuestra salud. Es el principal medio de comunicación entre los productores de alimentos y los consumidores finales constituyendo una herramienta clave para permitirles realizar elecciones informadas sobre los alimentos que compran y consumen. El Reglamento Europeo sobre Etiquetado de Alimentos, exige entre otras cosas, que éste incluya información sobre siete nutrientes esenciales: energía, proteínas, grasas, grasas saturadas, carbohidratos, azúcar y sal, expresados siempre por cada 100 gramos o mililitros, pero la fecha tope para incluir progresivamente esta información finalizó el 13 de diciembre de 2016.
«Es el principal medio de comunicación entre los productores de alimentos y los consumidores finales constituyendo una herramienta clave para permitirles realizar elecciones.»
El etiquetado
Si la información nutricional deberá constar obligatoriamente en la etiqueta además, podrá repetir de manera opcional la información nutricional en la cara principal del envase y será aplicable a prácticamente todos los alimentos envasados, con la excepción de los suplementos alimentarios, el agua mineral, las infusiones de hierbas, la sal, el café, el té, las bebidas alcohólicas y los envasados pequeños.
Carnes frescas
Los alimentos no envasados están exentos del etiquetado nutricional aunque en cuanto a las carnes existe normas específicas en su regulación que tiene en cuenta la trazabilidad. Si hasta abril de 2015 únicamente era obligatoria la indicación de origen para la carne de vacuno desde esa fecha también lo es para la carne fresca de cerdo, ovino, caprino y aves de corral. Así la etiqueta de la carne destinada al consumidor final, debe indicar el país de cría y el país de sacrificio además del código del lote que identifica la carne suministrada al consumidor.
«La normativa sobre venta de alimentos establece las pautas de venta con etiqueta o en fresco.»
Preparados
Los productos que se presentan embutidos pueden ser introducidos en una tripa natural o en una envoltura artificial. En caso de que la envoltura en la que se presente el producto no sea comestible, el etiquetado del producto debe informar de esta característica. En los productos cárnicos, preparados de carne y productos pesqueros es obligatorio que se informe de la fecha de congelación y deberá ir acompañada de una referencia al lugar de la etiqueta donde ésta se indica.
Veracidad
Si una declaración nutricional es aquella que afirma que un alimento posee propiedades nutricionales benéficas específicas como por ejemplo la declaración “bajo contenido en grasa” o “fuente de proteínas” esta información permite la comparación entre productos y la selección de aquellos que se adaptan mejor a las necesidades dietéticas. Por ello, si una etiqueta informativa de un producto alimentario no coincide con su contenido o si un producto no cumple las expectativas garantizadas se puede interponer una queja, mediante una hoja de reclamaciones ante el establecimiento de compra y ante el fabricante y si no se obtiene respuesta la siguiente opción es dirigirse a las administraciones competentes en materia de consumo para denunciar el producto y que se inicie un procedimiento de regulación, en su caso, la retirada del mercado.
Beatriz Tejada
Fuente: diario «La Región»
http://www.laregion.es/articulo/euro/etiquetado-carta-presentacion-productos-alimentacion/20151208122928586629.html