El Ejecutivo ha aprobado el anteproyecto de ley para combatir el despilfarro de comida y España será el tercer país de la UE en legislar en esta materia . La norma obligará a que empresas y tiendas multipliquen las ofertas de comida con fecha de consumo próxima y a donar los excedentes

Los supermercados y las grandes superficies tendrán en un futuro próximo la obligación legal de dedicar una parte de sus estanterías a vender con precios rebajados alimentos los tildados como «feos», por sus imperfecciones o forma poco estética, pero en perfectas condiciones de consumo, con el objetivo de reducir al mínimo el despilfarro de comida en España.

Esta clase de productos, muchos de ellos frutas y verduras, en la actualidad desaparecen con alta frecuencia de la cadena de consumo, tanto en origen como en el punto de venta, y, pese su calidad alimenticia óptima, pasan a engrosar parte de los más de 1,3 millones de toneladas de comida que cada año acaban en España en la basura

Se trata de una de las medidas que incluye la ley contra el desperdicio alimentario cuyo primer borrador debatió hoy el Consejo de Ministros y que pretende ser remitida en pocos meses al Parlamento para su aprobación. El anteproyecto incluye una batería de planes, obligaciones, buenas prácticas y sanciones a aplicar desde el agricultor al consumidor, pasando por el industrial o el restaurador, con la finalidad de que ni un kilo de comida termine en el vertedero.

La urgencia de la norma es triple. Terminar con el desperdicio de recursos naturales, evitar emisiones de gases de efecto invernadero y vertidos innecesarios, y dar una respuesta ética contra el hambre y la desnutrición, un mal que afecta a 1.600 millones de personas.

Lo primero que hay que conseguir es que la producción se adapte lo más posible a las necesidades de la demanda, para minimizar los excedentes, y que lo que se produce llegue a las casas y restaurantes para su consumo en su gran mayoría. Para ello se deben optimizar las condiciones de almacenamiento, transporte y conservación, pero también se deben minimizar las malas prácticas que hacen que muchos alimentos se conviertan en basura.

Duras sanciones

Entre las obligaciones que impondrá la ley está la citada de sacar a la venta los alimentos «feos», pero también la de multiplicar las promociones con productos que están cercanos a su fecha de caducidad o de su momento de consumo preferente. En ambos casos se deberá dejar claro al consumidor el porqué de las promociones y tendrán que estar diferenciados en los estantes. Lo mismo ocurrirá con la venta de alimentos con la fecha de consumo recomendado vencida, a los que se les deberá aplicar grandes ofertas (mitad de precio o similar) para acelerar su venta. Con el mismo objetivo, tendrá que generalizarse una práctica ya extendida en muchos bares y restaurantes, como es ofrecer al cliente llevarse las sobras de la comida sin coste adicional.

Cuando tras aplicar todas las medidas y promociones posibles aún así quedan excedentes sin vender, la norma fijará las prioridades obligadas de uso para evitar que lleguen a los vertederos.

La fundamental es su uso para la alimentación humana, para lo que las industrias, tiendas y restaurantes firmarán convenios con bancos de alimentos, ONG u organizaciones gestoras de comedores sociales para donarles los excedentes y asegurar su distribución, almacenamiento y uso seguro.

El segundo uso preferente para los alimentos no vendidos, pero en condiciones óptimas para el consumo humano, será la elaboración de zumos, mermeladas, etcétera. Si el consumo humano ya no está garantizado, se utilizarán para alimentar el ganado o elaborar piensos para animales, y cuando su situación sea ya la de un desperdicio alimentario, se reconvertirán en abonos o en biogás.

La ley fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones y fijará fuertes multas. Cuando una empresa ignore la obligación de donar sus excedentes a entidades sin ánimo de lucro, o cuando las organizaciones receptoras desaprovechen esta comida, incurrirán en falta grave, sancionada con entre 6.000 y 150.000 euros, y hasta millón en casos de infracción grave reiterada.

1.300 millones de kilos desperdiciados

«No hay producto alimentario más caro que aquel que acaba en la basura, que aquel que se despilfarra», ha señalado el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

El proyecto de ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario consta de 15 artículos, cuatro disposiciones finales y una adicional, según ha insistido Planas, que añade que la norma busca producir una drástica reducción del desecho de alimentos sin consumir que acaba en la basura y fomentar un mejor aprovechamiento de los mismos.

El ministro ha destacado ante los medios que, en 2020 los hogares españoles tiraron a la basura más de 1.300 millones de kilos de alimentos sin consumir, 31 kilogramos por litro per cápita. En otra perspectiva: «tres de cada cuatro hogares españoles desperdician comida».

Planas ha recordado, también que en el despilfarro de comida y bebida hay también un punto de vista «ético» y «moral», teniendo en cuanta que una parte del planeta pasa hambre y 1.600 millones están «malnutridas».

A su juicio, esta es una situación que, «sin duda», hay que «rechazar» y considera un «imperativo ético» el que la sociedad se implique en esta cuestión que, ha indicado, perjudica al conjunto de la misma, porque encarece el acceso a bienes de primera necesidad, malgasta recursos naturales escasos, aumenta los residuos y el impacto ambiental, y lastra la eficiencia del sector productivo y su competitividad.

La iniciativa legislativa pretende establecer una «perspectiva nueva» de buenas prácticas para evitar el desperdicio de alimentos con actuaciones en toda la cadena alimentaria, desde el origen en el propio proceso de cosecha, hasta los hábitos de consumo en los hogares y en la restauración.

Así, establece que «todos» los agentes de la cadena alimentaria deben contar con un plan de prevención para evitar el desperdicio, y fija una jerarquía de prioridades de obligado cumplimiento, la primera de las cuales es la utilización para la alimentación humana, a través de donaciones a empresas sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.

Donar alimentos

Para la donación de alimentos, las industrias alimentarias, establecimientos comerciales y de hostelería y restauración deberán suscribir convenios con las organizaciones receptoras en los que se debe recoger específicamente las condiciones de recogida, almacenamiento y transporte y la selección de alimentos, entre otros aspectos.

Los alimentos que se donen deberán tener suficiente vida útil de almacenamiento para hacer posible su distribución y uso seguro a sus destinatarios finales.

Tanto las empresas agroalimentarias donantes como las organizaciones receptoras están obligadas a garantizar la trazabilidad de los productos donados mediante un sistema de registro de entrada y salida de los mismos.

En el segundo orden de jerarquía, los alimentos no vendidos pero que estén en condiciones óptimas de consumo deberán ser transformados (zumos, mermelada, cremas).

Y, ha explicado Planas, cuando los alimentos no sean aptos para el consumo humano, deberán ser utilizados como subproductos para la alimentación animal o para «otros sectores». Como ejemplo, ha señalado la posibilidad de ser usados como «compostaje en la agricultura» o como «materia energética» para la fabricación de biogás u otros combustibles, entre otras posibilidades.

Fecha de consumo vencida

Otra de las nuevas obligaciones para los agentes de la cadena agroalimentaria pasa porque estos tendrán que impedir el desecho de alimentos en la basura. Entre otras medidas, el Gobierno recoge en esta norma que los productos con fecha de consumo preferente vencida se presentarse al consumidor de forma separada y claramente diferenciados del resto, con precios inferiores, o destinarse a la donación.

«Queremos generalizar que por parte de quien efectúa la venta se realicen promociones específicas de los alimentos y bebidas próximos a la caducidad o a la fecha de consumo preferente», ha explicado Planas, quien ha puntualizado, de nuevo, que esto se debe realizar siempre que el producto esté en buenas condiciones para el consumo.

Además, ha señalado que la ley incluye como medida que las tiendas de más de 400 metros cuadrados deberá disponer de un lineal o ‘corner’ específico donde se presenten determinados productos que, aunque están en perfectas condiciones para el consumo, presenten una «apariencia rechazable por parte del consumidor».

En esa línea tendrán que incentivar la venta de alimentos de temporada, de proximidad, ecológicos y ambientalmente sostenibles y a granel, y mejorar la información sobre el aprovechamiento de los mismos.

Envases reutilizables en restaurantes

Los establecimientos de hostelería y otros servicios alimentarios tendrán que ofrecer a sus clientes la posibilidad de que se lleven, sin coste adicional, lo que no han consumido y tendrán que informar de ello de forma visible, preferentemente en la carta o menú. Pare ello, deberán disponer de envases aptos reutilizables.

Además, todos los agentes de la cadena alimentaria deberán informar anualmente de las pérdidas alimentarias, así como del cumplimiento de sus planes de prevención.

Por otro lado, el proyecto de ley estipula que el Gobierno adoptará políticas públicas y medidas para fomentar la adecuación de las fechas de consumo preferente a la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario, y, en su caso, la posibilidad de poner en el mercado los productos con fecha de consumo preferente sobrepasada, para lo que se tendrán en cuenta los criterios establecidos por la Unión Europea en las propuestas legislativas en la materia.

Debate sobre la adquisición de alimentos

Otra de las novedades es que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación deberá elaborar un Plan Nacional de control de las pérdidas y el desperdicio alimentario que contendrá los objetivos generales y prioridades a seguir y que se integrará en el Plan Estratégico.

Igualmente, las administraciones públicas estarán obligadas a realizar campañas divulgativas y de promoción para fomentar el consumo responsable de alimentos y promover la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario, así como elaborar de guías de buenas prácticas encaminadas a mejorar la gestión alimentaria.

Con esta norma, ha explicado el ministro, España se convierte en el tercer país de la UE en legislar en esta materia, tras Francia e Italia. Aún así, ha señalado que el texto no ha partido de cero y ha recordado otras campañas e iniciativas del Ejecutivo para evitar el desperdicio alimentario.

Este proyecto de ley comienza, tras su aprobación en el Consejo de Ministros, su tramitación, cuya primera fase es la consulta pública y su discusión con las Comunidades Autónomas. Planas ha llamado a la implicación ciudadana y ha apuntado que la intención del Gobierno con esta ley es iniciar un «debate social» sobre la alimentación y la adquisición de estos.

 

Fuente: El Comercio

https://www.elcomercio.es/sociedad/alimentos-feos-gobierno-obligara-vender-20211011180338-nt.html

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